Este fenómeno se puede manifestar a través de acciones sexuales a cambio de dinero, regalos, favores u otros; utilización de niños en pornografía y/o redes virtuales; explotación en el ámbito del turismo y viajes, y trata con fines de explotación sexual comercial.

El pasado 18 de mayo se conmemoró el Día contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (ESCNNA), una realidad que afecta cada vez a más niños, niñas y adolescentes en nuestro país.

La ESCNNA es toda acción de carácter sexual que realiza un adulto en contra de un niño, niña o adolescente, quien efectúa una “transacción” que puede ser material, como dinero, regalos, droga, o no material, como protección, pernoctación, traslado, entre otros, situación que también es una realidad en Chile.

Lo que caracteriza a la explotación sexual comercial, es la utilización del cuerpo de los NNA como un ‘objeto’, es decir, la comercialización de la sexualidad, por lo cual se transgrede el derecho fundamental de todo niño, niña o adolescente respecto a recibir un trato digno, respetar su indemnidad y libertad sexual, alterando gravemente la noción de ser sujeto de desarrollo.

Resulta fundamental, de este modo, conocer las distintas formas en que un niño puede sufrir esta vulneración de derechos, en virtud de desmitificar la ESCNNA como una vivencia que ocurre sólo en contexto de calle o en lugares destinados al comercio sexual adulto.

A consecuencia de este “intercambio”, muchos niños, niñas, y adolescentes se ven seducidos, engañados u obligados a entrar en dinámicas que afectan gravemente la concepción de su propio cuerpo y de su sexualidad.

Diferentes modalidades para un mismo problema

Según diversos organismos, se establecen cuatro manifestaciones de ESCNNA, las cuales se expresan de las siguientes formas en Chile:

Relaciones sexuales a cambio de dinero, regalos, favores u otros que es cualquier acto de connotación sexual de un adulto en contra de un niño, niña o adolescente a cambio de una retribución de cualquier tipo.

“Esta modalidad contempla -por ejemplo-, las acciones de un adulto hacia un o una adolescente, a través de una relación ‘de pareja’, que, por las diferencias en el desarrollo moral, cognitivo, emocional y sexual, y el componente de ‘transacción’, se manifiesta como una forma de ESCNNA”, dice la Fundación Ciudad del Niño.

También está la utilización de niños en pornografía y/o redes virtuales, considerada como toda representación, por cualquier medio, de un niño, niña o adolescentes dedicados a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño, con fines primordialmente sexuales.

En este contexto, se insertan nuevas formas de abuso sexual como son el grooming (acoso sexual vía Internet), sexting (intercambio de materiales con contenidos sexuales), sextortion (extorción con y a cambio de materiales con contenidos sexuales).

La explotación en el ámbito del turismo y viajes, la cual se define como la explotación sexual comercial de niños por parte de personas que viajan y se desplazan entre destinos y que se involucran en actos sexuales con niños, niñas y adolescentes.https://imasdk.googleapis.com/js/core/bridge3.517.2_en.html#goog_113633911100:21/06:5710 Sec23.1KCita de libros| ‘Hokusai’ de Shotaro Ishinomori

Y finalmente está la trata de NNA con fines de ESCNNA que, según Naciones Unidas, es la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, ya sea dentro o fuera de las fronteras de un país, recurriendo a la amenaza, el uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación.

Fuente: El Mostrador